viernes, 24 de agosto de 2012

Reglamentos del Instituto Nacional (2da parte)

Los siguientes reglamentos van desde el Artículo 46, si deseas ver los artículos anteriores del reglamento búscalo en este mismo sitio.

ARTÍCULO 46o: Para desempeñar el cargo de asistente del Bibliotecario se requieren las mismas condiciones exigidas por el artículo 41.

ARTICULO 47: Son funciones del asistente de Bibliotecario:
a) Realizar con celo e interés las comisiones que le encomiende el Bibliotecario
b) Cooperar con éste por todos los medios adecuados al mejoramiento del servicio de la Biblioteca.
c) Presentar al Bibliotecario los informes que le sean solicitados.
d) Contribuir a promover las condiciones necesarias a fin de que la Biblioteca cumpla con la misión que debe realizar.
e) Reemplazar al Bibliotecario en sus ausencias temporales.

DEL ENFERMERO

ARTÍCULO 48: Para desempeñar las funciones correspondientes a la Enfermería del Instituto Nacional se requiere poseer credenciales de idoneidad y competencia otorgados por la Escuela Nacional de Enfermería o su equivalente.

ARTÍCULO 49: Son obligaciones del Enfermero:
a) Asistir de lunes a viernes de 7:30 a 11:40 a.m. y 2:00 p.m. a 5 p.m.
b) Atender con esmero a los alumnos que se presentan a recibir asistencia a la enfermería.
c) Asistir al Médico y al Dentista del Colegio cuando éstos vengan a examinar a los alumnos.
d) Solicitar por escrito los medicamentos necesarios para el botiquín de la Enfermería a la Dirección.
e) Llevar un registro de los casos en manos del Médico con descripción de la trayectoria de la enfermedad.
f) Llevar un registro de los alumnos que soliciten servicios de la Enfermería con descripción de cómo se les ha atendido
g) Informar al Director de cualquier caso que se presente y que considere que debe prestársela atención.
h) Enviar anualmente a la Dirección un inventario de los enseres y existencia de medicamentos de la Enfermería.
i) Rendir un informe anual al Director de su labor, al final del curso lectivo y hacer las recomendaciones que considere convenientes para mejorar el servicio de la Enfermería.

miércoles, 8 de febrero de 2012

¿QUÉ HACÍAN LOS MONITORES DESPUÉS DEL MEDIODÍA?

Bueno, muchas preguntas me han llegado a mi correo, entre esas una que decía lo siguiente:
 ¿Los monitores sólo cuidan de los muchachos hasta el mediodía? *al lado de la pregunta agregó esto:
Es muy fácil para ustedes sólo tener que atender a alguien por 4 horas, pero en realidad no creo que ustedes tengan ningún tipo de cansancio por eso, me imagino que después del mediodia se van de una vez a sus casas pero les dejan un montón de tareas a los niños que a mi parecer ni siquiera son capacez de revizar, porque deben tener PODRIDO el cerebro...

Pues de esta manera voy a contestar a aquél personaje que al parecer no aprecia nuestro trabajo...

Sinceramente muchos de los monitores en algún momento dado, hubieran querido que lo antes mencionado en esas 3 primeras líneas tuyas se hubieran hecho realidad, esto lo digo porque precisamente nosotros no estabamos muy cruzados de manos que digamos, ni mucho menos nos vemos la cara y nos despedimos una vez que el reloj apunta el mediodía. En realidad después de conversar, realizar dinámicas y otro tipo de actividades con los estudiantes (por cierto saliamos un poco agotados quizás porque debiamos subir y bajar escaleras, y otros enfermaron -en esa lista me incluyo- debido a la acumulación de polvo que habia en cada uno de los salones) nos tocaba una reunión con el Comité Psicopedagógico y personas que nos ayudaban en esta labor. En estas reuniones tomabamos puntos muy importantes, como mal comportamiento de los alumnos, además de su rendimiento, disciplina, y muchas otras cosas que son requeridas y tomadas en cuenta con ellos.

Y como me pediste pruebas de mi posible respuesta, te diré otra cosa, desafortunadamente para tí las tengo y son muchas...LAS FOTOS QUE TE MOSTRARÉ A CONTINUACIÓN ES PARA QUE NO SIGAS HABLANDO DE MANERA DESPECTIVA DE NOSOTROS.

Atentamente: Diana Mariel Barría E. (Administradora de esta página)





























































Reunión de Padres de Familia.

Recordemos que el trabajo del comité psicopedagógico y el de los monitores no termina sólo con haber cumplido hasta el día jueves con la clausura de los nuevos integrantes del Instituto Nacional, puesto que después de la gran labor de transmitirle conocimiento, amor y dedicación; además de orientar cada una de las tareas de los estudiantes, el día viernes (es decir el día siguiente al acto de clausura) los monitores deben presentarse ante los ansiosos padres de familia, además el comité psicopedagógico debe conversar de manera que los padres entiendan la importancia del colegio y de las asignaciones que deben cumplir sus hijos en esta nueva etapa de sus vidas. Muchas preguntas son las que surgen aquél día, se les orienta en la manera de cómo sus hijos deben portar el uniforme, además del reglamento que deben cumplir.

Ese día me tomé la libertad de tomar varias fotografías, a pesar que se dijo desde el principio que la reunión sería a las 9 a.m., los padres de familia como era de esperarse llegaron un poco más temprano, asi que poco a poco se fue llenando el auditorio.

En algunos casos los padres de familia no podían asistir pero de igual manera mandaban a los abuelos de los niños, o alguien que tuviera la suficiente responsabilidad de escuchar y transmitir la información a los verdaderos tutores de los estudiantes.

Algunos padres de familia llegaban con sus hijos para escuchar juntos la reunión.

Los padres de familia llegaban a medida que transcurría la mañana.

Muchos de los monitores trataban de acomodar a los padres de familia en el Aula Máxima.

Algunos monitores se encargaban de repartir panfletos para los padres de familia.









sábado, 4 de febrero de 2012

Reglamento del Instituto Nacional de Panamá

¿Quién no ha recordado alguna vez aquél librillo de portada blanca con letras rojas y con un emblema que mostraba una de nuestras esfinges?
Todo aquél que aprendía a cabalidad todo lo que dicho libreto decía, tenía la oportunidad de defenderse de las injusticias en algún momento dado, el que sabía cada uno de los artículos o por lo menos se había familiarizado con estas páginas llenas de información tenía el poder de cambiar el rumbo o destino de algún compañero en apuros, siempre y cuando se estuviera haciendo alguna injusticia.

Pues ya deben saber que hablo del reglamento interno del Instituto Nacional de Panamá, el cual por más de 5 años aproximadamente no se imprime, ni vende a los estudiantes; esto los hace blanco fáciles de las malas administraciones que ha tenido este glorioso plantel, por eso, he decidido escribir periódicamente cada artículo de este libreto; para que los estudiantes puedan informarse lo suficiente y poder proceder si así lo permiten las reglas en dicho momento.

Recuerden, estaré llenando este blog de artículos, por medio de esta entrada diariamente hasta completarlo totalmente.



REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PANAMÁ.



CAPITULO 1º.
DE LA ORGANIZACIÓN:
ARTICULO 1º. :  El Instituto Nacional de Panamá es un establecimiento de enseñanza secundaria de carácter democrático, sostenido por El Estado, bajo la supervigilancia del Ministerio de Educación del cual depende directamente.
ARTÍCULO 2º.:        El Instituto Nacional de Panamá consta de un Primer Ciclo y de un Segundo Ciclo de Bachillerato.
ARTÍCULO 3º.:        El Primer Ciclo será de carácter cultural, general y exploratorio y el Segundo Ciclo será de preparación para las profesiones liberales.
ARTÍCULO 4º.:        Los estudios del Primer y Segundo Ciclo comprenden tres años cada uno. A la terminación de los estudios correspondientes a cada ciclo, el alumno se hará acreedor a un certificado a un diploma de bachiller respectivamente.
ARTÍCULO 5º.:        Sólo podrá ingresar en el Primer Ciclo los alumnos que hayan terminado satisfactoriamente sus estudios primarios y previa presentación del Certificado correspondiente. Los alumnos de escuelas privadas o de otros países que deseen ingresar al Plantel, tendrán que someterse a exámenes en todas las asignaturas, para determinar el año al cual deben ingresar. La Secretaría deberá hacer, igualmente, en estos últimos casos, la equivalencia de los estudios, para determinar el número de horas que se les acreditarán.
ARTÍCULO 6º.:   Para ingresar a cualquiera de los Segundos Ciclos es necesario haber aprobado los estudios correspondientes al Primer Ciclo.

PARAGRAFO: Podrán cursar asignaturas en el Segundo Ciclo aquellos estudiantes a quienes les falte aprobar hasta dos (2) cursos del Primer Ciclo, previa autorización de la Dirección del Plantel. En estos casos, la Dirección en asocio del Profesor Consejero hará un estudio previo de la situación de esos estudiantes.
ARTÍCULO 7º.:   Los certificados de Primer Ciclo y Diplomas de Bachiller que expida este Plantel, deberán ser firmados por: el Director del Colegio y el Director de Secundaria los primeros, y el Director del colegio y el Ministro del Ramo, los segundos.
ARTÍCULO 8º.:   Los alumnos del Instituto se clasificarán en grupos no mayores de treinta (30) de conformidad con las asignaturas que ellos escojan.
ARTÍCULO 9º.:   La distribución de los alumnos en los diferentes grupos deberá hacerse a más tardar en la segunda quincena de febrero y la organización de los profesores a finales de dicho mes.
ARTÍCULO 10º.:  Los planes de estudio no podrán ser variados en ningún caso, sino por la misma autoridad que los ha decretado.
ARTÍCULO 11º.:  El año escolar y los periodos escolares serán determinados por el Órgano Ejecutivo.
ARTÍCULO 12º.:  Mientras no varíe su organización actual, el Instituto Nacional será un colegio de alumnos externos.
ARTÍCULO 13º.:   El personal del Instituto Nacional estará organizado de la siguiente manera: a) Empleados Administrativos que incluye el personal Directivo y el personal de Secretaría, y además dependencias Administrativas; b) Empleados docentes y, c) Empleados de servicio y mantenimiento.
Estos empleados tendrán las funciones que se determinan en el Capítulo III° de este Reglamento.

ARTÍCULO 14º.:  El Instituto Nacional estará provisto de una Biblioteca que funcionará durante las horas laborales de lunes a viernes y los sábados de 8 a 11 y 30 a.m.
ARTÍCULO 15º.:  El Bibliotecario del Plantel presentará un proyecto de las disposiciones relacionadas con el uso de la Biblioteca, el cual deberá ser aprobado por la Dirección y distribuído entre los profesores y alumnos, una vez que haya recibido aprobación.
ARTÍCULO 16º.:   Al inicio de cada año escolar, los profesores coordinadores, previa consulta con los profesores de la asignatura enviarán al Bibliotecario una lista que contenga las obras necesarias para el desarrollo de sus clases. Dicho funcionario recomendará, de preferencia, de estas listas, los libros que serán comprados por el plantel.
ARTÍCULO 17º.:   El control adecuado sobre el uso de los libros, a fin de exigir al responsable del deterioro o mal uso de ellos la indemnización correspondiente, será detallado en el Reglamento de que trata el artículo 15º. De este Capítulo.

B- LABORATORIOS.
ARTÍCULO 18º.:   El Instituto Nacional deberá estar provisto de todos los laboratorios que la índole de la enseñanza que imparte y los métodos modernos de enseñanza exigen.
ARTÍCULO 19º.: La Dirección del Plantel elaborará un Reglamento especial para el uso de los distintos laboratorios de la Escuela.

C- DE LOS TEXTOS.
ARTÍCULO 20º.: Los alumnosusarán los textos oficiales o los recomendados por el Ministerio de Educación, en caso de no existir aquellos. Estos últimos deben tener la aprobación previa del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 21º.: Los textos que se recomiendan deben ajustarse, en todo lo posible, a los programas de estudios vigentes.
ARTÍCULO 22º.: No podrá obligarse a ningún alumno a adquirir por compra los textos recomendados, ni podrá ello servir para afectarle la calificación.
D- DE LOS RECURSOS AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 23º.: El colegio deberá preocuparse por adquirir todo el material y demás recursos audiovisuales posibles, para el mejor desarrollo de la enseñanza en los distintos departamentos.
ARTÍCULO 24º.: El plantel tendrá una sala especial para proyecciones de películas y otros usos similares, cuando las condiciones lo permitan.
CAPITULO IIo.
DEL PERSONAL
ARTÍCULO 25o.: El personal directivo lo integran el Director y los Subdirectores. El de Secretaria y otras dependencias administrativas: el secretario y los oficiales de secretaría; el Bibliotecario y asistente del Bibliotecario; el Oficial Contador; los auxiliares de laboratorios y el enfermero.
El personal docente lo integran profesores.
El personal de servicio y mantenimiento lo integran el Jefe de Aseo, los porteros y demás empleados de aseo.

ARTÍCULO 26o.: Para los efectos de organización, la Biblioteca y la Enfermería así como el personal de las mismas quedarán adscritas cada una al Subdirector que para tal efecto designe la Dirección. El departamento de contabilidad y su personal dependerá directamente de la Dirección.

DEL DIRECTOR.

ARTÍCULO 27o.: Son atribuciones del Director, además de las que señala el atículo 27 del Decreto No.100 de febrero de 1957, las siguientes:
a) Establecer medidas que tiendan a obtener un mayor acercamiento entre el personal directivo, administrativo y docente del plantel.

b) Nombrar todos los años comisiones de profesores que crea convenientes y asignarles las funciones respectivas.

c) Designar un profesor, cuando lo estime conveniente, para que reemplace a los subdirectores en sus ausencias temporales no mayores de una semana.

d) Atender las consultas de los padres de familia, cuando éstas revistan importancia o tengan el carácter de apelación.

e) Reunir al personal docente del Consejo, por lo menos de una vez al mes, en forma ordinaria, para tratar los asuntos relativos a la marcha de la Institución. También podrá reunirlos en forma extraordinaria, cuando así lo soliciten no menos de 25% de los profesores, o él lo estime necesario.

f) Velar por el cumplimiento del código de ética por parte del personal de la Institución.

g) Atender las quejas y consultas de los profesores que por su gravedad e importancia pueden afectar la buena marcha del plantel.

h) Elaborar e implantar medidas de estímulo para el personal bajo su dirección.

i) Conceder permiso al personar docente para salir del plantel en horas laborales para que atiendan casos de urgencia.

j) Refrendar las sanciones de suspensión o expulsión impuestas a los alumnos cuando éstas sean por un periodo mayor de una semana.

k) Designar al subdirecotr que le representará en el Consejo de Disciplina y en el Comité del Bienestar Estudiantil.


DE LOS SUBDIRECTORES

ARTÍCULO 28o.: Los subdirectores son empleados de igual jerarquía, para los efectos de una mejor organización del plantel, uno estará encargado de todo lo relacionado con el Primer Ciclo y el otro del Segundo Ciclo.

ARTÍCULO 29°.: Son funciones de los Subdirectores además de las que establece el artículo 28 del citado Decreto No.100, las siguientes.
a) Dirigir la labor de los profesores consejeros del Ciclo a su cargo.

b) Atender y resolver las consultas que le hagan los profesores de la sección a su cuidado sobre asuntos de la enseñanza o el desarrollo de la misma.

c) Cooperar con el Director en la supervisión de la labor docente el profesorado.

d) Colaborar con la Dirección en la organización y distribución de las tareas escolares del personal docente.

e) Vigilar y dirigir la labor de mantenimineto y aseo del Plantel.

f) Cooperar con el Director en el establecimiento de la política educativa y normas que deben seguirse en las distintas actividades del Plantel.

g) Representar a la Dirección en el Consejo de Disciplina y el Comité del Bienestar Estudiantil, cuando se les designe para ello.

h) Cooperar con el Director en los demás cargos o funciones que le sean encomendados por la Dirección.

i) Dirigir y vigilar la labor de los empleados administrativos no agrupados dentro de la calificación de directivos a que se refiere el aparte (2) del artículo 13.

j) Atender y resolver las consultas que le formulen los alumnos y acudientes relacionadas con el ciclo a su cargo.

k) Referir los acudientes a la Dirección cuando la importancia de los asuntos planteados por estos así lo recomienden.

l) Dirigir la labor del Cuerpo de Orden y Disciplina (C.O.D.) de sus respectivos ciclos.

m) Recomendar a la Dirección planes y métodos para mejorar la labor de la Secretaria.

n) Autorizar o no la entrada de los alumnos a las aulas cuando éstos lleguen tarde, hayan faltado o cuando asistan al Plantel con el uniforme incompleto.

ñ) Extender permisos a los alumnos para salir del Colegio en casos urgentes.

o) Recibir las quejas por las faltas de los alumnos de sus respectivos ciclos para que por su conducto lleguen al organismo competente para su consideración y fines consiguientes.

p) Imponer a los alumnos en casos de suma emergencia, según la gravedad de la falta cometida discilplinaria que señale el Reglamento: pero deberá dar conocimiento a la mayor brevedad posible al organismo competente para juzgarla a efecto de que proceda a confirmar lo actuado.

q) Organizar el Cuerpo de Orden y Disciplina (C.O.D.) integrado por los alumnos que reúnen las condiciones exigidas por el artículo 84. -  y cuya misión es cooperar con la Dirección en el mantenimiento de la disciplina en el Plantel. Este organismo deberá dictar su reglamento interno el cual debe ser aprobado por la Dirección del Colegio.

DE LA SECRETARIA

ARTÍCULO 30: La secretaría funcionará con los empleados que designe el Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 31: La Dirección del Colegio de conformidad con las necesidades administrativas determinará los empleados que trabajarán en las oficionas de la Secretaria y en las otras dependencias del Plantel.

ARTÍCULO 32: Mientras en Ministerio de Educación no determine las funciones específicas del personal adscrito a la Secretaría, éstos se regirán de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento.

ARTÍCULO 33: Los trabajos que deben hacerse en la Secretaría, serán ejecutados por los empleados asignados a la misma, en forma rotatoria a fin de que el personal los conozca todos y pueda hacerlos indistitamente en caso de ausencia de algún empleado.

ARTÍCULO 34: La organización y distribución del trabajo será función del Secretaria y se pondrá en práctica con la aprobación de la Dirección del Colegio.

ARTÍCULO 35: Los empleados de la Secretaría y demás dependecias administrativas prestarán servicio de 7 :15 a 11:40 a.m. y de 1:50 a 4:30 p.m. de lunes a viernes: y deberán prestar servicios los sábados en la mañana siempre que el trabajo así lo requiera y lo disponga la Dirección del plantel.

ARTÍCULO 36: Los permisos para salir en horas de servicio deberán ser del conocimiento del Secretario al comienzo de la jornada.

ARTÍCULO 37: Los empleados de la Secretaría tendrán un receso en la mitad de cada jornada de quince (15) minutos en la mañana y de diez (10) minutos en la tarde.

ARTÍCULO 38: La Dirección del Colegio escogerá uno de los empleados administrativos para que preste servicios en las oficina de los subdirectores y éstos de acuerdo con el director le sañalarán funciones.

DEL SECRETARIO

ARTÍCULO 39: Son atribuciones del Secretario.

a) Dirigir el trabajo de la Secretaría.

b) Expedir y firmar conjuntamente con el Director del Colegio los certificados de créditos de ex-alumnos y alumnos del plantel.

c) Confeccionar, custodiar y conservar las tarjetas de registro de calificaciones de ex-aulmnos y alumnos del plantel.

d) Llevar el registro de los alumnos por año y por orden alfabético.

e) Preparar la lista, por año, de todos los alumnos de contormidad con la información suministrada por los Profesores Consejeros:

f) Atender la matrícula y llevar la anotación correspondiente de los alumnos.

g) Firmar los boletines de todos los alumnos y velar por la exactitud de las calificaciones que en éstos aparezcan.

h) Formar el expediente personal de cada alumno.

i) Preparar los pedidos de útiles para uso del Colegio y hacer entrega de los mismos atendiendo  a las solicitudes que al efecto se hagan.

j) Informar a la Dirección del Plantel sobre la situación de los alumnos en los casos de omisión en las calificaciones, pago de matrícula y retiro del colegio.

k) Llevar al Director, para su aprobación, las listas de calificaciones suministradas por los profesores antes de copiarlas en el expediente del alumno.

l) Extender las tarjetas de identificación y obtener para las mismas la firma del Director.

m) Dejar copia de toda correspondencia o certificado que se expida.

n) Redactar las actas de los Consejos de Profesores.

ñ) Refrendar con su firma los actos del Director siempre que así lo disponga.

o) Rendir informe al Director sobre la labor de la Secretaría al finalizar cada año lectivo.


DEL CONTADOR

ARTÍCULO 40: Son funciones del Contador, las siguientes:

a) Llevar el registro de pago de matrícula de cada alumno.

b) Expedir recibo, en estricto orden numérico, al recibir el valor de la matrícula que paguen los alumnos.

c) Llevar un archivo de las notas referentes a los cheques de los profesores, personal administrativo y alumnos becados.

d) Preparar mensualmente las tarjetas de asistencia de loss profesores y personal administrativo.

e) Preparar el informe de ausencias y tardanzas del personal docente y administrativo del Colegio y los respectivos cuadros mensuales que haya que enviar al Ministerio de Educación.

f) Pagar las cuentas, previa autorización del Director.

g) Llevar el libro de caja menuda, detallando los gastos imputados a la misma.

h) Confeccionar los informes financieros para enviar al Ministerio de Educación y a la Contraloría General de la República.

i) Mantener informado al Director del Colegio sobre la situación de la cuenta corriente en el Banco Nacional y sobre los gastos imputados a la cuenta de Matrícula y a la de Bienestar Estudiantil.

j) Levantar inventario anual de equipo y enseres del Colegio y presentar al Director del Colegio el informe respectivo con el cálculo de la depreciación de los mismos.

DEL BIBLIOTECARIO

ARTÍCULO 41: Para ejercer el cargo de Bibliotecario se necesita poseer credenciales de idoneidad y competencia. En caso que no haya persona que reuna los requisitos anteriores es indispensables que posea por lo menos título de Maestra de Enseñanza Primaria.

ARTÍCULO 42: Las horas de trabajo de los empleados de la Biblioteca serán las siguientes: 7:30 a 11:40 a.m. y de 2 a 5 p.m. lunes a viernes. Los sábados de 8:30 a 11:30 a.m.

ARTÍCULO 43: Serán obligaciones del Bibliotecario, las siguientes:

a) Mantener correspondencia y canje con las instituciones similares del extranjero y enviar copia de esta correspondencia a la Dirección.

b) Obtener y poner a las órdenes de los profesores y alumnos, los catálogos más recientes de las principales librerías de América y Europa, cuando así se soliciten.

c) Hacer al Director las recomendaciones de que trata el artículo 16 de este Reglamento.

d) Velar por la conservación de los libros y recomendar a la Dirección las medidas adecuadas para evitar la pérdida y deterioro del material de lectura.

e) Preparar el Reglamento Interno de la Biblioteca y presentarlo al Director para su aprobación.

f) Rendir un informe estadístico mensual del número de lectores y de los préstamos y consultas de libros.

g) Rendir un informe anual del servicio ofrecido por la Biblioteca en el cual conste, además de los informes estadísticos anuales, la lista de los libros adquiridos durante el período escolar, la lista de los libros extraviados, y además, hacer las sugestaciones encaminadas al mejoramiento del servicio de la Biblioteca.

h) Mantener informado al Director del Colegio de cualquier asunto relacionado con la Biblioteca.

i) Además de las atribuciones establecidas, deberá atender las sugestiones que le haga la Dirección o subdirección cuando éstas contribuyan al mejoramiento de la Biblioteca y su servicio.

ARTÍCULO 44: Los profesores y alumnos podrán tomar en calidad de préstamo, hasta por diez (10) días, cualquier libro de la Biblioteca, siempre que no estén en la lista de consulta que los profesores señalen específicamente.

ARTÍCULO 45: El recargo por demora en la devolución de los libros deberá ser pagado en la oficina del Contador.
Estas sumas entrarán a formar parte del fondo especial de la Biblioteca destinado únicamente a la compra de nuevos libros.


martes, 31 de enero de 2012

CONOCE A LOS MONITORES ESTRELLA...

Ya es tiempo de que vayamos conociendo la faceta de cada uno de los monitores que hicieron posible la gran labor con los niños de primer ingreso. Es hora de que sepamos qué piensan, si tendrán algunas anécdotas que quieran compartir con nosotros, animensé a ver el siguiente video que les traigo a continuación...













lunes, 30 de enero de 2012

Día de clausura...los chicos ya no quieren irse a casa!

Me parece que fue "ayer" cuando todos los chicos que cuide y a quienes les brinde lo mejor de mi, me decian: "No quiero irme a casa, estar aquí es más divertido y además aprendemos mucho más".
Por una parte me sentí bien, pues sabía que habia cumplido mi objetivo, el de transmitirles a todos, lo importante que es el Instituto Nacional de Panamá, que no lo vieran como un simple colegio del montón que existen. Por otro lado ya les habia tomado mucho cariño y me dió mucha pena decirles que ya no se podían quedar conmigo...

No obstante los invité al cine para volver a encontrarnos antes de que vuelvan a clases.

En fin, creo que este día fue el más emotivo de sus vidas y sé que jamás lo olvidarán, por una u otra razón.

Antes del acto de clausura realizamos varias dinámicas, todas con el objetivo de que ellos pudieran resolver conflictos, que no lo hicieran de manera agresiva, ni pasiva; sino de una manera acertiva.
Ibamos pasando los grados de dificultad, y lo digo porque para mi es más fácil arreglar un conflicto con una persona que con otras 15 que esten molestos conmigo. ¿No creen?
A veces cuando hacemos competencias no pensamos en si podrá haber un conflicto dentro del grupo como fuera de él, quizás de algún chico que esté haciendo algo mal y por eso no pueden estar en optimas condiciones para realizar la competencia, y al no poder dar lo mejor de sí, lo hacen sentir mal.
También puede llevar a un conflicto fuera del grupo, ya que puede haber alguna discordia que pueda llevar a una pelea. Lo vemos hasta en partidos de futbol, a  veces los jugadores están muy tranquilos en la cancha y cuando voltean a ver su fanaticada está dándose golpes como boxeadores de la calle.

Cambiando de tema, este día también se aprovechaba para darle un paseo a todos los niños para que conocieran todos los edificios y las instalaciones del plantel, es importante saber donde está la biblioteca o los diferentes departamentos para encontrar a los profesores; enseñarles la ubicación de los laboratorios, el gimnasio de niñas, la rectoria, secretaria, etc. Y después de todo el recorrido, entonces los llevamos al gimnasio de varones para el acto de clausura.

Me sorprendió en aquél momento que los muchachos guardaran una compostura digna de admirar, inclusive estaban muy callados y eso hizo más fácil el diálogo entre los "oradores" y los niños.
Por otra parte, me dejaron estupefacta los niños que se atrevieron (con todo y la timidez que incomoda muchísimo al momento de dirigirse a alguien) a hablar delante de más de 400 muchachos; dieron palabras de aliento, sus anécdotas, sus sueños, sus logros, etc.

Gracias a todos los que participaron y hablaron...

¡TODO POR LA GLORIA INSTITUTORA!